Normativa de drones en España: las 5 claves para 2026

26/02/13
Categorías: Drones
Normativa de drones en España: las 5 claves para 2026

Normativa de drones en España: las 5 claves para 2026

La utilización de drones en España se rige por el marco europeo de UAS y por su desarrollo nacional, tal y como recoge la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en su portal oficial.

Para operadores y empresas que trabajan con drones, estos son los cinco puntos más relevantes que deben tener en cuenta.

1. Marco legal único para toda España y alineado con Europa

La actividad con drones en España se rige por:

  • El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, sobre normas y procedimientos de utilización de UAS.
  • El Reglamento Delegado (UE) 2019/945, sobre requisitos de los sistemas de aeronaves no tripuladas.
  • El Real Decreto 517/2024, que desarrolla en España el uso civil de UAS y completa el marco europeo.

Este conjunto de normas sustituye al antiguo modelo nacional y establece un sistema común basado en el riesgo de la operación.

 

 

2. Registro obligatorio como operador

Todo operador de UAS debe estar registrado siempre que su UAS pese más de 250 gr o bien tenga cámara o micrófono. También para operaciones en categoría específica” Registro de operador de drones/UAS | AESA-Agencia Estatal de Seguridad Aérea – MTMS

Este registro:

  • Es obligatorio antes de comenzar cualquier actividad.
  • Se realiza de forma electrónica.
  • Proporciona un número de operador que debe figurar en todos los drones utilizados por la empresa u operador.

El registro se realiza en el Estado miembro donde el operador tenga su residencia habitual o su centro principal de actividad.

3. Seguro de responsabilidad civil

La normativa española exige disponer de un seguro de responsabilidad civil adecuado a la actividad profesional.

En función de la masa máxima al despegue del dron y del tipo de operación:

  • Para UAS con una masa máxima al despegue igual o superior a 20 kg, se aplica el régimen de seguros del Reglamento (CE) 785/2004.
  • Para UAS con masa inferior, se aplican las exigencias establecidas en la normativa nacional en materia de responsabilidad y seguros.

Disponer de un seguro en vigor es recomendable en todo caso, incluido en las exclusiones por peso.

4. Categorías de operación y requisitos para el piloto y el dron

La normativa establece tres grandes categorías operacionales:

  • Categoría abierta.
  • Categoría específica.
  • Categoría certificada.

Cada una de ellas implica distintos requisitos en cuanto a:

  • Formación del piloto remoto.
  • Características técnicas del dron.
  • Procedimientos operativos.

Las operaciones aéreas que no encajan en la categoría abierta deben realizarse en categoría específica, lo que implica aplicar escenarios estándar (STS) o bien una solicitud de autorización operacional.basado en una evaluación de riesgos operacionales predefinida o una evaluación de riesgos con la metodología SORA 2.5.

 

5. Declaraciones, autorizaciones y planificación del espacio aéreo

Cuando la operación no se ajusta a los límites de la categoría abierta, el operador debe:

  • Presentar una declaración operacional o solicitar una autorización a AESA, según el tipo de operación.
  • Aplicar los escenarios estándar europeos (STS) o realizar una evaluación de riesgos conforme al modelo aceptado por la autoridad.

Además, antes de cada operación es obligatorio comprobar las limitaciones del espacio aéreo mediante los servicios oficiales de información, como la aplicación de
ENAIRE drones.

Esta planificación previa es especialmente crítica en trabajos profesionales en entorno urbano, cerca de infraestructuras sensibles o en espacio aéreo controlado.

En resumen

Para operar drones en España es imprescindible:

  • Ajustarse al nuevo marco europeo y al Real Decreto 517/2024.
  • Estar registrado como operador ante AESA.
  • Disponer de un seguro de responsabilidad civil adecuado (según las circunstancias)
  • Cumplir los requisitos de formación, dron y procedimientos según la categoría de operación.
  • Presentar declaraciones o solicitar autorizaciones cuando la operación lo requiera y planificar siempre el vuelo con herramientas oficiales.

Este sitio web utiliza cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Aceptar todas
Rechazar todas
Mostrar detalles