La utilización de drones en España se rige por el marco europeo de UAS y por su desarrollo nacional, tal y como recoge la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en su portal oficial.
Para operadores y empresas que trabajan con drones, estos son los cinco puntos más relevantes que deben tener en cuenta.
La actividad con drones en España se rige por:
Este conjunto de normas sustituye al antiguo modelo nacional y establece un sistema común basado en el riesgo de la operación.
Todo operador de UAS debe estar registrado siempre que su UAS pese más de 250 gr o bien tenga cámara o micrófono. También para operaciones en categoría específica” Registro de operador de drones/UAS | AESA-Agencia Estatal de Seguridad Aérea – MTMS
Este registro:
El registro se realiza en el Estado miembro donde el operador tenga su residencia habitual o su centro principal de actividad.
La normativa española exige disponer de un seguro de responsabilidad civil adecuado a la actividad profesional.
En función de la masa máxima al despegue del dron y del tipo de operación:
Disponer de un seguro en vigor es recomendable en todo caso, incluido en las exclusiones por peso.
La normativa establece tres grandes categorías operacionales:
Cada una de ellas implica distintos requisitos en cuanto a:
Las operaciones aéreas que no encajan en la categoría abierta deben realizarse en categoría específica, lo que implica aplicar escenarios estándar (STS) o bien una solicitud de autorización operacional.basado en una evaluación de riesgos operacionales predefinida o una evaluación de riesgos con la metodología SORA 2.5.
Cuando la operación no se ajusta a los límites de la categoría abierta, el operador debe:
Además, antes de cada operación es obligatorio comprobar las limitaciones del espacio aéreo mediante los servicios oficiales de información, como la aplicación de ENAIRE drones.
Esta planificación previa es especialmente crítica en trabajos profesionales en entorno urbano, cerca de infraestructuras sensibles o en espacio aéreo controlado.
Para operar drones en España es imprescindible: